Mauricio Pava Lugo[1]
Una persona, no abogada, a quien respeto por su rigor y experiencia, reflexionaba sobre el reciente fallo en el que la Corte le ordenaba al gobierno ofrecer excusas[2], en el sentido de que deja ingobernable al país y las calles en caos. Le contesté que, en un régimen presidencialista como el nuestro, el ejecutivo tiene la responsabilidad y los mecanismos para mantener en armonía a las demás ramas del poder público. A mi modo de ver, el “tono”, la “actitud” y hasta el “lenguaje” lleno de pugnacidad, confrontación y soberbia, usado por este Gobierno conduce a una confrontación innecesaria y perjudicial con otras ramas del poder público. Efectivamente, los liderazgos gubernamentales, a nivel nacional y local, han adoptado un tono autoritario y de desdén por la institucionalidad, lo cual resulta, francamente, desconcertante.
Es lo observado ante atrocidades como las muertes de Juliana Giraldo y Javier Ordóñez, en que la reacción de frivolidad, la indiferencia con los más vulnerables y el desaire a la justicia es lo único que ha expresado, públicamente, la cúpula gubernamental.
Pero el mal llamado “discurso de perdón” del Ministerio de Defensa y la seguidilla de ministeriadas, que no recuerdo en gobiernos de tiempos recientes, no es algo exclusivo de la autoridad nacional. Las territoriales también hacen lo propio. Recientemente, fuimos testigos de una “alcaldada”[3] a escala mayor. Solo así se le puede llamar a la desatinada intervención del alcalde de Medellín, quien se dio a la tarea de llamar a los bancos, dictar la estrategia de comunicación, hizo de head-hunter, de abogado experto en seguros, litigios contractuales, filtró información, etc. El alcalde se arrogó las funciones de todas las vicepresidencias ejecutivas y desplazó a la administración. El tono autoritario que le puso el alcalde a la intervención de la segunda empresa pública más importante de nuestro país, va a traer consecuencias muy adversas[4] que veremos cuando termine el desgobierno corporativo de este outsider promesa de la política nacional.
Ya va siendo hora de que las autoridades públicas se comprometan con un tone at the top que, en materia corporativa, traduce “tono en la cúpula”[5] y aplique un tono que, lejos de incendiar, apague; que lejos de enfurecer, tranquilice; que lejos de dividir, reconcilie, pues las buenas prácticas no deben demandarse solamente de las corporaciones privadas, sino -y con más razón- de la más grande de todas: nuestro Estado.
En esta entrega de Primera Línea
En nuestra columna de actualidad, María de los Ángeles Ruíz, hablará acerca de la utilización de medios tecnológicos en las audiencias de juicio oral, a propósito de un reciente pronunciamiento de la Sala de Casación Penal al respecto.
En la columna de interés, nuestro columnista Javier Torres tratará los fundamentos de la autoría en los delitos empresariales y destacará las diferentes concepciones existentes acera de distribución de la responsabilidad individual al interior de la organización.
Por último, en el espacio “Entre líneas”, contamos con la participación de Johana Rubiano, quien analiza la viabilidad de atribuir responsabilidad por lavado de activos a título de dolo eventual a quien omite los controles pertinentes y deja la conducta librada al azar.
A quienes nos siguen, esperamos que esta entrega sea de su agrado y extendemos una cordial invitación para que se suscriban a nuestro boletín académico y a nuestras diferentes redes sociales. Así podrán estar, permanentemente, enterados de todo nuestro contenido.
[1] Abogado de la Universidad de Caldas, Curso Universitario Superior en Compliance de la Universidad de Barcelona y Especialista en Casación Penal de la Universidad La Gran Colombia; conjuez de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; conjuez del Consejo Nacional Electoral. Miembro de la Comisión Asesora para la Política Criminal del Estado colombiano; miembro de la comisión de expertos de la Corporación Excelencia en la Justicia; presidente del Instituto Colombiano de Derecho Procesal – Capítulo Caldas; asesor para iniciativas legislativas en materia penal del Ministerio de Justicia y del Derecho (2015) y en la Cámara de Representantes para reformas al Código de Procedimiento Penal (2013-2018). Tiene experiencia como docente de pregrado y posgrado en varias universidades. Director del Boletín Académico “Primera Línea”.
[2] COLOMBIA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN CIVIL. Sentencia STC7641. (22, septiembre, 2020). M.P.: Luis Armando Tolosa Villabona. Bogotá. Corte suprema de Justicia. Sala de Casación Civil, 2020. Disponible en: https://cutt.ly/7f9maiJ
[3] Recordemos que este término era recurrente en las conversaciones cotidianas para referirse a decisiones arbitrarias, imprudentes o ausentes de conocimiento técnico.
[4] FACIOLINCE, Héctor Abad. Hidroituango y EPM para “dummies”. En: El Espectador [en línea]. 27, septiembre, 2020. [Consultado el 29 de septiembre de 2020]. Disponible en: https://cutt.ly/2f9moW2
[5] Esta expresión hace referencia a la importancia de que los valores rectores y el clima ético de una organización se origine desde la dirección, para que, hacia abajo, la organización los internalice y mantenga una conducta adecuada.