El día después de mañana: medio ambiente, oportunidad o desventura

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Mauricio Pava Lugo[1]

Por razones que ya expresaré, la discusión legal medioambiental puede ser o un simple asunto de riesgos o una oportunidad con propuesta de valor. Hace poco me lo enseñaron. Vamos con lo primero. Serias catástrofes se han producido por los daños medioambientales en los últimos años. Una muestra, la reciente ola de calor que está padeciendo el Viejo Continente, la temporada calurosa más alta de su historia[2]. Nos enseñaban la importancia del medio ambiente y el respectivo cuidado de los recursos naturales. Pensamos que las consecuencias de los daños ambientales traerían repercusiones únicamente en el futuro y no en el presente.

El escenario ha cambiado notablemente. Lo que antes considerábamos un tema de «ecologistas» hoy involucra a todos los sectores y todas las agendas. En el ámbito internacional esta discusión es prioritaria, incluso en el mundo de los negocios, en la banca, es un asunto de alto impacto. Es más, el tema medioambiental, en su juicio moral, es ya mucho más potente y reconocido que el anacrónico discurso propio al consumo y tráfico de drogas ilícitas, hasta el punto de que se aboga pública y masivamente por su legalización, entre otras para contrarrestar los graves daños que el tráfico de drogas produce a los recursos naturales.

En Colombia, con una de las mayores biodiversidades del mundo[3], existen graves problemas ambientales que han sido tratados por las autoridades (y seguirán siéndolo) vía sanciones de todo tipo: patrimoniales, fiscales, penales. Continuarán siendo cada vez más lesivas y de allí los riesgos legales. Pero como en todo, no se ha logrado ser eficaz ni eficiente[4].

¿Cuándo podremos ser eficaces y eficientes? Con la vieja fórmula del «garrote y la zanahoria». El primero, el «garrote», es necesario y se refleja desde el Decreto 2811 de 1974 que declaró el medio ambiente como patrimonio público. A partir del año 1980 se crearon delitos para proteger el medio ambiente[5] y, recientemente, se expidió la Ley 2111 de 2021[6], ambiciosa reforma que no solo creó múltiples delitos[7], sino que —como es costumbre— aumentó las penas.

¿Y la «zanahoria»? Pues bien, solo y si la protección del medio ambiente pasa de ser simple poesía y se convierte en un propósito cotidiano, contracultural, en un medio para un fin en los negocios (al final el mundo funciona de una manera y no de otra), los acometimientos podrán ser eficaces y eficientes.

Lo que no todos sabemos es que la protección del medio ambiente genera beneficios económicos inmediatos, que se traducen en dinero para quien lo emprende. Recientemente, tuve la posibilidad de revisar registros periodísticos en donde se informaba que ya existen compañías bancarias que han desembolsado créditos atados a indicadores ambientales, sociales y de gobierno corporativo, con lo que el costo de la financiación disminuye notoriamente, más en un presente de altísimas tasas de interés[8].

Como ven, el tema medioambiental en los negocios es una moneda de dos caras, riesgos y desventuras de un lado y, por el otro, ¡una oportunidad real!

En esta entrega de Diálogos Punitivos

En este boletín podrá encontrar columnas sobre el derecho a la inviolabilidad parlamentaria, actos complejos de investigación y el incidente de reparación integral.

En nuestra columna de actualidad, María José Jaramillo analiza el derecho a la inviolabilidad parlamentaria tras una reciente sentencia de la Corte Constitucional.

En la columna de interés, David Mendoza estudia la posible afectación de derechos fundamentales que conllevan los actos complejos de investigación. Para ello, analiza sus requisitos y si es necesaria la autorización judicial para su ejecución.

Por último, en el espacio Entre líneas, contamos con la participación de María de los Ángeles Ruiz, quien examina la figura del incidente de reparación integral y expone incompatibilidades procesales de esta figura.

Esperamos que esta entrega sea de su total agrado y extendemos una cordial invitación para que se suscriban al boletín académico y a nuestras diferentes redes sociales. Así podrán estar permanentemente enterados de todo el contenido que ofrecemos.

[1] Abogado de la Universidad de Caldas. Curso universitario superior en Compliance de la Universidad de Barcelona. Estudios en la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de American University Washington College of Law. Especialista en Casación Penal de la Universidad La Gran Colombia. Conjuez de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Nacional Electoral. Miembro de la Comisión Asesora para la Política Criminal del Estado colombiano (2018-2021), de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal de Bogotá (2021-2022) y de la Comisión de Expertos de la Corporación Excelencia en la Justicia. Director Financiero del Instituto Colombiano de Derecho Procesal y asesor para iniciativas legislativas en materia penal del Ministerio de Justicia y del Derecho (2015) y de la Cámara de Representantes para reformas al Código de Procedimiento Penal (2013-2018). Profesor de la Universidad de los Andes (2019) y de la Universidad Externado de Colombia (2021). Director del Boletín Académico Diálogos Punitivos.

[2] FOUNTAIN, Henry. ¿Por qué Europa ha resultado tan afectada por las olas de calor?  The New York Times. 19 de julio de 2022. Consultado el 21 de julio de 2022. [Disponible en: https://www.nytimes.com/es/2022/07/19/espanol/europa-ola-calor.html]

[3] Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Colombia, el segundo país más biodiverso del mundo, 2016.

[4] La ineficacia del tratamiento de estos delitos se puede evidenciar en las estadísticas de la Fiscalía General de la Nación. Específicamente, con el delito de daño en los recursos naturales —uno de los más comunes en el ámbito que se analiza— se evidencia que entre enero de 2010 y junio de 2021 se presentaron 26.705 de los cuales solo 1.150 habían culminado con una condena, lo que arroja un porcentaje del 4,3 % de la totalidad de investigaciones. Con la reciente promulgación de la Ley 2111 de 2021 las estadísticas no son para nada alentadoras, pues, de 431 investigaciones nuevas, 66 fueron archivadas o se encuentran inactivas, 552 se encuentran aún en investigación, 76 en juicio oral y únicamente se han emitido 3 condenas, es decir, el 0,7 % de las investigaciones iniciadas desde que se promulgó la Ley 2111 de 2021.

[5] Esta reforma creó, entre otros, los delitos de ilícito aprovechamiento de recursos naturales, explotación ilícita de yacimiento minero, daños en los recursos naturales, contaminación ambiental. COLOMBIA. Presidencia de la República. Decreto 2811 de 1974. «Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente».

[6] COLOMBIA. Congreso de la República. Ley 2111 de 2021 «Por medio de la cual se sustituye el título XI “De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” de la Ley 599 de 2000, se modifica la Ley 906 de 2004 y se dictan otras disposiciones».

[7] COLOMBIA. Gaceta del Congreso de la República N.o 1083, Cámara de Representantes, Proyecto del Ley 283 de 2019.

[8] CARACOL RADIO. Por qué la banca se vuelve verde. Enero 13 de 2022. Disponible en: https://caracol.com.co/radio/2022/01/13/tecnologia/1642105913_050841.html; LA REPÚBLICA. Bancolombia obtuvo crédito atado a objetivos de sostenibilidad por US$150 millones. Abril 19 de 2022.  Disponible en: https://www.larepublica.co/finanzas/bancolombia-obtuvo-credito-por-us-150-millones-atado-a-objetivos-de-sostenibilidad-3345418.